Esta ley será un salvavidas para morosos y ayudará a normalizar la situación económica de muchas personas.
¿De qué se trata?
- De normalizar la situación económica de muchas personas para que no pierdan sus bienes por haberse atrasado en el pago de créditos y otros compromisos fiancieros.
¿A quién cobija la ley?
- A quien incumpla el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de 90 días, o cursen en su contra dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva
¿Quién puede acogerse al procedimiento de insolvencia?
- La persona natural no comerciante
Deberes del deudor
- El deudor no podrá haber transferido sus bienes seis meses antes de declararse en insolvencia.
- No podrá incumplir acuerdos de pagos
- La deuda debe significar mas del 50% de los activos que tiene la persona para poder acogerse a la insolvencia.
- No podrá solicitar el inicio de otro procedimiento de insolvencia, sino hasta que transcurran cinco (5) años.
¿Cómo se puede acoger a la ley?
- Negocie sus deudas con sus acreedores
- Convalide los acuerdos privados a los que llegue con sus acreedores
- Liquidar su patrimonio
¿Adónde debe ir?
- Puede acudir a cualquier Centro de Conciliación (Notaría, Universidad, Cámara de Comercio)
Beneficios
- Cuando se declare en quiebra total tendrá un apoyo. Las partes tendrán máximo 90 días de plazo para llegar a un acuerdo.
Castigos para los avivatos
- Si hace trampa, será considerado un crimen financiero, exponiéndose a pagar 1 a 6 años de cárcel.
Descargué aquí el ABC de la Ley de Insolvencia